Sí, no podrán participar como postores o representantes de estos:
1. Las personas comprendidas dentro de los impedimentos señalados en los artículos 1366°, 1367° y 1368° del Código Civil, respectivamente.
2. Los servidores de la CBSSP-LIQ, funcionarios de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones que tengan o hubieran tenido relación con el proceso de liquidación de la CBSSP-LIQ.
3. Las personas que tengan cualquier tipo de relación directa o indirecta (vínculo comercial, societario o de cualquier índole), con trabajadores o ex trabajadores de la CBSSP-LIQ en el plazo de un año.
4. Tampoco podrán ser postores, directa, indirectamente o por interpósita persona, los parientes hasta el 4° grado de consanguinidad o 2° de afinidad, de las personas indicadas en los numerales 2 y 3 del presente documento.
5. Aquellos que comprobadamente fueron penalizados en subastas públicas anteriores, por incumplimiento de pago dentro de los plazos previstos o haber presentado información falsa en la Declaración Jurada.
|