(1) Orden de prelación dispuesto en los artículos 20º y 21º de la Resolución SBS Nº 8504-2010, concordante con los artículos 117º y 120º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. Esta deuda refiere solo a la obligación principal (segundo orden de prelación), no incluye las obligaciones por intereses, costas y costos, que corresponden al cuarto orden de prelación. |
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