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Requisitos para obtener la Constancia de Retiro de CTS
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Requisitos para obtener la Constancia de Retiro de CTS

 

Para los trabajadores pesqueros que laboraron en la pesca desde año 2005 en adelante, cuyos aportes por Cese fueron transferidos directamente por sus empleadores armadores a una institución bancaria de su elección, de conformidad con lo señalado en la Ley N° 27766, el Estatuto de la CBSSP y el Decreto Supremo N° 014-2004-TR.

 

  1. Solicitud.
     
  2. Original de la Constancia o del certificado de cancelación de la Libreta de Embarque otorgado por la Capitanía de puerto. (solamente para activos).
     
  3. Carta Notarial de autorización de parte de la esposa para el cobro del total de su cese (si es casado; y si no lo es, declaración jurada legalizada).
     
  4. En el caso de los beneficiarios jubilados solamente deben cumplir con los numerales "1" y “3”.
 
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